( Asuntos Legales.com) Luego de que el 9 de noviembre de 2013, la Procuraduría General de la Nación suspendiera de su cargo como alcalde de Bogotá al hoy senador Gustavo Petro, ayer la Corte Interamericana de Derechos Humanos determinó a través de una sentencia declarar responsable al Estado colombiano por la violación de los derechos políticos del entonces mandatario.
La decisión de la Procuraduría se basó en las irregularidades presentadas en el cambio de operador para la recolección de basuras durante la administración de Petro; sin embargo, la sanción no solo lo apartó de su cargo sino que le impuso una multa que ascendía a $90.000 millones.
En el fallo de la Corte Interamericana se contempla que Colombia deberá modificar la legislación interna e implementar los mecanismos para que la Procuraduría y la Contraloría no puedan retirar en un futuro a un funcionario electo mediante sufragio, de su cargo. En concreto, en su veredicto se indica que se debe ajustar en un plazo razonable el ordenamiento jurídico interno a los parámetros establecidos en la sentencia.
“La Corte concluye que las sanciones impuestas por la Contraloría pueden tener el efecto práctico de restringir derechos políticos”, lo cual va en contravía de parámetros de la Convención Interamericana.
En específico, la Corte Interamericana de Derechos Humanos establece que obliga al Estado colombiano a reconocer a todos los ciudadanos los derechos: a) de participar en la dirección de los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes libremente elegidos; b) de votar y ser elegidos en elecciones periódicas auténticas, realizadas por sufragio universal e igual y por voto secreto que garantice la libre expresión de la voluntad de los electores, y c) tener acceso, en condiciones generales de igualdad, a funciones públicas de su país.